El Gobierno oficializó a través de un DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) publicado en el Boletín Oficial restricciones a la compra de dólares y los pedidos de autorización al Banco Centralpara algunas operaciones con la divisa norteamericana.

 

Límite a la compra de dólares minorista, autorización del Banco Central para la transferencia de divisas al exterior, y restricciones para las instituciones y empresas. Estos son algunos de los cambios ppublicados por el Gobierno  a través del Decreto de Necesidad y Urgencia  N°596 ,donde se establecieron límites al mercado de cambios «para proteger al ahorrista y lograr mayor estabilidad cambiaria».

Cuales son alguno de esos puntos:

  • Las personas físicas no podrán comprar más de US$ 10.000 por mes.
  • No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de US$ 10.000 por persona por mes.
  • Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
  • No hay ningún impedimento al comercio exterior.
  • No hay restricciones sobre viajes.
  • Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.
  • Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para los commodities)
  • No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
  • Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.

 

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