El Gobierno oficializó a través de un DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) publicado en el Boletín Oficial restricciones a la compra de dólares y los pedidos de autorización al Banco Centralpara algunas operaciones con la divisa norteamericana.
Límite a la compra de dólares minorista, autorización del Banco Central para la transferencia de divisas al exterior, y restricciones para las instituciones y empresas. Estos son algunos de los cambios ppublicados por el Gobierno a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N°596 ,donde se establecieron límites al mercado de cambios «para proteger al ahorrista y lograr mayor estabilidad cambiaria».
Cuales son alguno de esos puntos:
- Las personas físicas no podrán comprar más de US$ 10.000 por mes.
- No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de US$ 10.000 por persona por mes.
- Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
- No hay ningún impedimento al comercio exterior.
- No hay restricciones sobre viajes.
- Los bancos estarán habilitados para extender su horario hasta las 17 horas por un mes.
- Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de cinco días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para los commodities)
- No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
- Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
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